Use este identificador para citar ou linkar para este item: https://hdl.handle.net/20.500.12394/4976
Título: Proporcionalidad de la pena, en relaciones sexuales consentidas entre una menor de 13 años y uno de 18 años–Junin–2017
Autor(es): Carhuamaca Bautista, Benicio
metadata.dc.contributor.advisor: Amado Picon, Lucio Raul
Palavras-chave: Relaciones sexuales
Violación presunta
Pena
Editor: Universidad Continental
Data do documento: 28-Set-2018
metadata.dc.date.available: 7-Nov-2018
metadata.dc.date.created: 2018
Citação: Carhuamaca, B. (2018). Proporcionalidad de la pena, en relaciones sexuales consentidas entre una menor de 13 años y uno de 18 años–Junin–2017. Tesis para optar el título de Abogado. Escuela Académico Profesional de Derecho, Universidad Continental, Huancayo, Perú.
Resumo: En el desarrollo del presente trabajo de investigación, sobre Proporcionalidad de la pena, en relaciones sexuales consentidas entre una menor de 13 años y uno de 18 años-Junín-2017, nos propusimos como objetivo general “Determinar que las penas privativas de la libertad que se imponen a los jóvenes de entre dieciocho a diecinueve años de edad, en el Distrito Judicial de Junín, en el año do mil diecisiete, como consecuencia de haber sostenido relaciones sexuales consentidas con una menor entre trece años a trece años once meses y veintinueve días, no son proporcionales a la afectación que sufrió la víctima”; mientras que como objetivos específicos se plantearon “Determinar que los fiscales provinciales penales del Distrito Judicial de Junín, no fundamentan los requerimientos punitivos (penas) en las relaciones sexuales consentidas entre una menor de entre trece a trece años, once meses y veintinueve días, con jóvenes de entre los dieciocho a diecinueve años, en el principio de proporcionalidad, sino solo en el principio de legalidad” y “Determinar que los jueces penales del Distrito Judicial de Junín, por qué imponen penas inhumanas, en las relaciones sexuales consentidas entre una menor de entre trece a trece años, once meses y veintinueve días, con jóvenes de entre los dieciocho a diecinueve años (como consecuencia de relaciones sentimentales de enamorados), y, por qué, no aplican el principio de proporcionalidad.” Que una vez sustentada el trabajo, aplicada los métodos estadísticos, la historiografía entre otros, se determinó que los abogados encuestados, coinciden en sostener que las penas establecidas para el caso planteado, son irracionales, por lo que deben fijarse penas privativas de libertad suspensivas; aplicando los principios de lesividad y proporcionalidad.
Extension: 136 páginas
metadata.dc.rights.accessRights: Acceso abierto
metadata.dc.source: Universidad Continental
Repositorio Institucional - Continental
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