Use este identificador para citar ou linkar para este item: https://hdl.handle.net/20.500.12394/16034
Título: La ponderación de la lesividad al bien jurídico del delito de crimen organizado y hurto en la determinación legal de la pena
Autor(es): Yaranga Cesar, Misael Carlos
metadata.dc.contributor.advisor: Cárdenas Valdéz, Juan José
Palavras-chave: Hurto
Bien jurídico
Crimen organizado
Editor: Universidad Continental
Data do documento: 2024
metadata.dc.date.available: 12-Nov-2024
Citação: Yaranga, M. (2024). La ponderación de la lesividad al bien jurídico del delito de crimen organizado y hurto en la determinación legal de la pena. Tesis para optar el grado académico de Maestro en Derecho con Mención en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal, Escuela de Posgrado, Universidad Continental, Huancayo, Perú.
Resumo: El legislador peruano en un afán de ganar popularidad en la sociedad y ante el incremento de los delitos patrimonial, ha promulgado tipos penales incoherentes. Uno de los tipos penales que ha promulgado el legislador peruano es el delito de hurto cometido por un agente que actúa en calidad de integrante de una organización criminal. Con ello, pretendió dar una respuesta punitiva más grave. Sin embargo, al no ponderar la lesividad del bien jurídico en los delitos de crimen organizado y hurto cometido por integrante de una organización criminal, el legislador ha establecido penas benignas para los delitos que lesionan bienes jurídicos que a los que solo ponen en peligro. La presente investigación cualitativa del tipo de investigación jurídico doctrinal pretende analizar de qué manera al no ponderarse la lesividad al bien jurídico de los delitos de crimen organizado y hurto cometido por un integrante de una organización criminal, afecta en la determinación legal de la pena. Se trabajó con un diseño exploratorio. Se encontró que la mayoría de los entrevistados consideran que la pena establecida para el delito de crimen organizado es desproporcional respecto al delito de hurto cometido por un integrante de una organización criminal, por lo que debe merecer modificación legislativa. En conclusión, la pena es más benigna en el delito de hurto cometido por un integrante de una organización criminal, a diferencia del delito de crimen organizado, si en el primero se lesiona el bien jurídico y en el segundo solo se pone en peligro, pues al ser incorporado en el artículo 186 del Código Penal la agravante del delito de hurto, el legislador tuvo como única referencia el tipo base del delito de hurto y no el delito de crimen organizado o asociación ilícita.
Extension: 145 páginas
metadata.dc.rights.accessRights: Acceso abierto
metadata.dc.source: Universidad Continental
Repositorio Institucional - Continental
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