Utilizza questo identificativo per citare o creare un link a questo documento: https://hdl.handle.net/20.500.12394/6392
Titolo: Desprotección de las víctimas de violencia familiar y propuesta de un albergue temporal
Autori: Guillen Yachas, Epifanio Carlos
metadata.dc.contributor.advisor: Rivera Ricapa, Martha Silvia
Parole chiave: Desprotección
Violencia familiar
Albergue temporal
Editore: Universidad Continental
Data: 2019
metadata.dc.date.available: 9-ott-2019
Citazione: Guillen, E. (2019). Desprotección de las víctimas de violencia familiar y propuesta de un albergue temporal. Tesis para optar el título de Abogado, Escuela Académico Profesional de Derecho, Universidad Continental, Huancayo, Perú.
Abstract: La investigación tuvo como objetivo, analizar los casos de desprotección de las víctimas de violencia familiar para la generación de una propuesta de un albergue temporal en favor de las víctimas. Para ello se hizo uso del método y alcance de investigación de nivel descriptivo, el método analítico, con un diseño no experimental transeccional. La población estuvo compuesta por 34 casos de violencia doméstica registrados, en el año 2017, en la Comisaría del distrito de Apata, provincia de Jauja. Se tomó en cuenta las técnicas de recolección de datos como la entrevista, y el fichaje, se emplearon instrumentos de recolección de información como guías de entrevista, fichas bibliográficas de casos de denuncias, así como la revisión de la Ley N°30364 y el Decreto Legislativo N°635 Código Penal. Actualmente, la modificación del Artículo 16º de la Ley Nº 30364, mediante el Decreto Legislativo Nº 1386 muestra que el proceso especial dependerá del nivel de riesgo identificado: en caso de riesgo leve o moderado, en el plazo máximo de las 48 horas, el juzgado de familia procederá a evaluar el caso y emitir la audiencia para la emisión de las medidas de protección y cautelares; mientras que, en los casos de riesgo severo, esto se dará en las 24 horas. Si bien el plazo permite una mejora en la protección de la víctima, es importante durante el tiempo en el que se efectúa este proceso se pueda proteger a la víctima dentro de un Hogar de Refugio Temporal o albergue temporal, pese a la existencia de la Ley Nº 28236. Si bien la normativa, Ley Nº 30364, y D.L. Nº 1386 permite una reducción de tiempo respecto a la emisión de las medidas de protección y cautelares, todavía está el riego durante el tiempo de espera. Es así como resulta indispensable la aplicación de la Ley Nº 28236 para la creación de un albergue temporal por parte de las autoridades competentes de manera que no se vulnere los derechos durante el proceso de la emisión de las medidas de protección y cautelares.
Estensione: 127 páginas
metadata.dc.rights.accessRights: Acceso abierto
metadata.dc.source: Universidad Continental
Repositorio Institucional - Continental
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